Incentivo al pago de seguridad social para independientes: Como un incentivo a la contribución de la seguridad social por parte del trabajador independiente, una vez se realice el pago total del crédito (bien sea al finalizar el plazo inicialmente pactado o el plazo hasta el prepago del crédito), el FNG validará contra la información reportada en la planilla PILA, lo siguiente:
EMERGE es una línea de crédito para apoyar la reactivación comercial de Microempresarios (representantes legales de microempresas) e Independientes dentro de la coyuntura del COVID 19, creada a partir del compromiso de construir país por parte de Referencia, Fenalco y Banco Caja Social con el apoyo del Fondo Nacional de Garantías, Refinancia e Innpulsa.
La LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE es ofrecida a nivel nacional, a través de las Seccionales de Fenalco localizadas en las principales ciudades del país y es apoyada por el BANCO CAJA SOCIAL y el Fondo Nacional de Garantías para asegurar una solución que ofrezca crédito a un número importante de pequeños comerciantes del país que necesiten apoyo financiero.
La LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE corresponde a créditos, préstamos o contratos de mutuo originados y aprobados a favor del Cliente, bajo la modalidad de consumo, micro o comercial, para ser utilizado como capital de trabajo, que contiene un plan de pagos, otorgado inicialmente por Referencia y/o el Patrimonio Autónomo FC Referencia Fenalco, y cedido posteriormente al BANCO CAJA SOCIAL como consecuencia del contrato de compraventa de cartera, que tiene Garantía del 80% al 90%, dependiendo del perfil del cliente, otorgada por el FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS, bajo el programa “Unidos por Colombia”.
3.1 BANCO CAJA SOCIAL: Entidad orientada a brindar servicios financieros para los segmentos del mercado masivo con énfasis en la atención de sectores populares, microempresarios y pequeñas y medianas empresas. Éste fondea y adquiere la calidad de acreedor de las obligaciones de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, los créditos otorgados por Emerge, como consecuencia del contrato de compraventa de cartera realizado con el Patrimonio Autónomo FC Referencia Fenalco.
3.2 FENALCO NACIONAL: Asociación que reúne a los comerciantes del país, de todos los tamaños y en todos los sectores. Lidera el proceso de comercialización y distribución de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE con Seccionales, de validar la veracidad y existencia del Cliente, e interactuar con éste para prestarle el servicio de asesoría y acompañamiento en el trámite del crédito.
3.4 FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS -FNG-: Es la entidad a través de la cual el Gobierno Nacional busca facilitar el acceso al crédito para las micro, pequeñas y medianas empresas, mediante el otorgamiento de Garantías, bajo el programa “Unidos por Colombia”. El FNG respalda los préstamos destinados a la línea Emerge.
3.5 INNPULSA: Es la agencia de emprendimiento e innovación del Gobierno Nacional que ha patrocinado la creación de la línea Emerge como alternativa de apoyo a los pequeños comerciantes colombianos.
3.6 PATRIMONIO AUTÓNOMO FC REFERENCIA FENALCO: Es el fideicomiso constituido en la Fiduciaria Colpatria S.A., encargado de aprobar, originar, gestionar y administrar de manera integral la LINEA DE CRÉDITO EMERGE, y llevar a cabo toda la operación de la misma.
3.7 REFERENCIA S.A.S.: Fintech especializada en distribuir financiación en punto de venta, a través de soluciones digitales, de alta conveniencia para el comercio y el consumidor final. En su calidad de Operador del Patrimonio Autónomo FC Referencia Fenalco, se encarga de adelantar, entre otras, las siguientes actividades:
3.8 REFINANCIA S.A.S.: Es una compañía con 15 años de experiencia en el desarrollo de soluciones para personas con dificultades financieras y administración de cartera propia y de terceros, que en calidad de Operador del Patrimonio Autónomo FC Referencia Fenalco opera /administra las obligaciones de la LINEA DE CRÉDITO EMERGE en nombre de acreedor de las mismas, y se encarga de ejecutar las gestiones de recordación de pagos, administración de los saldos, y recuperación de la cartera a los Clientes.
3.9 TEATE COLOMBIA S.A.S: Es la comunidad digital de micro empresarios de Latino América. Conectamos a los micro empresarios con aliados de negocio con el fin de fortalecer su propuesta de valor actual. Esto lo hacemos a través de 3 unidades de negocio: Marketplace, Fintech, y Analítica
3.10 CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ: Es una institución que tiene por objeto fomentar la creación de empresas, defender los intereses de los empresarios y emprendedores de la ciudad, y ser un organismo asesor y consultor del Gobierno, que ha creado el Programa de acceso de liquidez -CREA- a través del sistema financiero, para solventar los problemas de liquidez de las empresas de Bogotá y la Región, a través de la generación de conocimiento, cierre de brechas empresariales y acceso al crédito
5.2 Microempresario: Persona jurídica o persona natural con unidad productiva y que tengan Cámara de Comercio o RUT. Para estos fines se entiende por Unidad productiva: empresa, negocio, asociación, productor o grupo de personas que realizan actividades con ánimo de lucro. Ejemplo: Tienda de barrio, papelería, punto de comidas, ferretería, zapatería, almacén ventas productos variados, etc
5.3 Independiente formal: Persona natural que realiza una actividad económica o presta sus servicios de manera personal y por su cuenta y riesgo. Tiene RUT y tiene aportes a seguridad social.
5.3.1 Los microempresarios o pequeños comerciantes, deben cumplir con lo siguiente:
5.3.2. Los Independientes deben cumplir con las siguientes características:
La aprobación del crédito estará sujeta al cumplimiento, por parte del Cliente de las políticas de crédito implementadas para esta Línea de Crédito.
Al ser aprobado el crédito, el Patrimonio Autónomo FC Referencia Fenalco desembolsará el monto respectivo en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles después de la aprobación a la cuenta bancaria de la microempresa o del independiente. Los desembolsos se harán entre el 2 y 25 de cada mes. Tales desembolsos están condicionados a la presentación, por parte del Cliente de la totalidad de los documentos requeridos para estos fines.
El crédito se le otorga al representante legal o dueño de la unidad productiva y los recursos se desembolsan a la cuenta bancaria en al que se manejen los recursos de dicha unidad.
El Cliente autoriza y aprueba que del valor aprobado de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, al momento de desembolso se descuente la comisión por Garantía y la contraprestación por el servicio prestado por FENALCO NACIONAL, mencionados en los numerales 8.1 y 9 del presente Reglamento. Igualmente, si el Cliente forma parte de la comunidad de microempresarios de Teaté, autoriza que al momento de efectuar el desembolso un porcentaje entre el al 12% y el 20% del monto aprobado, sea entregado a favor de TEATE COLOMBIA S.A.S con NIT. 901.014.657-8 y el porcentaje restante sea desembolsado su cuenta bancaria informada para estos fines.
Nota: Cuando el Cliente adquiera el crédito Emerge a través del programa CREA, la Cámara de Comercio de Bogotá asume en nombre de éste, el 20% de la comisión del FNG.
Estos Gastos Administrativos de Cobranza se liquidarán con base en la tabla anexa al presente Reglamento.
FENALCO NACIONAL presta un servicio a los potenciales beneficiarios de los créditos, consistente en:
Por esta gestión cobra al Cliente una comisión correspondiente al 4%, más IVA, sobre el valor aprobado del crédito, la cual se liquida y descuenta del desembolso; y será posteriormente facturada por ésta entidad.
El Cliente está obligado a cancelar las cuotas en las condiciones -monto y fechas de pago- acordadas en el plan de pago de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, para lo cual el Operador podrá emitir un cupón y/o factura electrónica con la información correspondiente, que será remitido al Cliente por los medios de comunicación suministrados por éste.
10.1 Plan de pagos: Una vez se apruebe la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, se enviará a las direcciones de notificación suministradas por el Cliente el plan de pagos definitivo, el cual se entenderá recibido y aceptado, en caso de no recibí ningún tipo de objeción dentro de los tres (3) días siguientes de dicha notificación.
Si se reciben objeciones por parte del Cliente, éstas serán revisadas, y en caso de ser aceptadas se ajustará en plan de pagos, enviándolo nuevamente al Cliente a la dirección de contacto, física o electrónica, informada por él.
10.2 Canales de Recaudo: Para poder cancelar las cuotas del plan de pagos de La LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, el Cliente podrá acceder a los diferentes canales de recaudo que se tienen destinados para estos fines, dentro de los que se encuentran los mencionados a continuación:
10.3Estado de cuenta: El Operador pondrá a disposición del Cliente los estados de cuenta del producto La LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE a través de los canales determinados para tales efectos. No obstante, el Cliente podrá en cualquier momento solicitar copia del estado de cuenta de su producto a través de los canales de contacto de servicio al cliente dispuestos por el Operador, asumiendo los costos que se generen.
10.4 Abonos: El Cliente podrá efectuar abonos extraordinarios parciales, informando expresamente si éstos se aplican a capital con disminución del plazo o a capital con disminución del valor de la cuota de la obligación; si el Cliente no da ninguna información sobre el particular, éstos abonos se aplicarán al capital, reduciendo el plazo del crédito, siempre y cuando la obligación se encuentre al día y no se haya causado la siguiente cuota, pues en ese evento se cubrirá el monto de la cuota causada, y el valor restante, y si hay lugar a ello, se aplicará a capital.
Los abonos realizados por el Cliente serán imputados de acuerdo con la política de aplicación de pagos de quien ostente la calidad de acreedor, los cuales serán informados al Cliente de manera oportuna utilizando los canales de comunicación acordados para estos fines.
10.5 Prepagos: El Cliente tiene la posibilidad de hacer pagos anticipados del saldo pendiente de la obligación, en forma total, en cualquier momento, antes del vencimiento de la última cuota.
10.6 Incumplimiento de Cliente: En el evento de incumplimiento o constitución en mora de las obligaciones adquiridas y contenidas en los títulos valores otorgados por el Cliente por el producto La LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, se causarán a la obligación intereses moratorios a la tasa máxima legal permitida, sin perjuicio de las acciones legales que el acreedor -Banco Caja Social, Patrimonio Autónomo FC Referencia Fenalco u otra entidad que tenga dicha calidad- del título valor que instrumente la obligación pueda presentar para exigir el pago de la misma y obtener el pago de la indemnización total de los perjuicios que con su incumplimiento, acción u omisión se le hubiera generado al acreedor, y se iniciará una gestión de cobranza preventiva, prejudicial o judicial, bajo los términos y condiciones mencionados a continuación:
(i) Los cobros que se hagan por gastos administrativos de cobranza y/o reintegro de los mismos, son diferentes y adicionales a las sanciones legales que contempla el título valor por el hecho del incumplimiento.
(ii) Los gastos administrativos de cobranza y/o reintegro de los mismos se causan en el evento que se adelante algún tipo de gestión encaminada a la recuperación de la cartera, que conlleva la utilización de la infraestructura de personal, administrativa, de recursos físicos, de telecomunicaciones y tecnológicos, y se calcularán y liquidarán dependiendo de realización de tales actividades, de la altura de mora, del saldo en mora y/o del valor total de la obligación incumplida, y serán asumidos por el Cliente, suma a la que se le adicionarán los intereses moratorios que se causen y las demás sanciones e indemnizaciones autorizados por la ley y pactados en el momento de la aprobación de la operación.
(iii) La gestión de cobranza pre judicial se iniciará una vez se verifique el incumplimiento de la obligación y se realiza mediante comunicación telefónica, SMS, o cualquier otro medios electrónicos o correo físico, de acuerdo con la información suministrada para estos fines.
(iv) El pago que se haga de las obligaciones objeto de gestión de cobranza se realizarán en las cuentas de recaudo debidamente comunicadas por el Operador o el acreedor de la obligación.
(v) Los pagos recibidos se aplicarán de acuerdo con la política vigente de quien ostente la calidad de acreedor de la obligación, la cual le será informada al Cliente de manera oportuna utilizando los canales de comunicación acordados para estos fines.
10.7 Cláusula Aceleratoria: El Cliente acepta que su incumplimiento en el pago de una o varias cuotas del producto La LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, podrá ocasionar la aplicación de la cláusula aceleratoria haciendo exigible la totalidad del saldo debido en los términos pactados en el pagaré suscrito para estos fines, así como también en el incumplimiento de las condiciones contempladas en la carta de instrucciones suscritas por el Cliente.
10.8 Paz y Salvo: El Cliente podrá, una vez cancelada la totalidad de la obligación de La LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, solicitar el paz y salvo de la misma en la línea de experiencia al cliente (1) 7440777 en Bogotá o 01 8000 180 842 o en la página web de Refinancia www.refinancia.co.
11.1 Habeas data y protección de datos: El Cliente declara, acepta y reconoce que para acceder a la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE es necesario que suministre sus datos personales y financieros, e información y datos biométricos de carácter sensible, como elemento esencial de análisis y criterio determinante para el estudio y aprobación de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, lo anterior en cumplimiento de obligaciones y disposiciones legales.
Por esta razón, el Cliente otorga las siguientes autorizaciones:
11.1.1 Autorización para consulta y reporte centrales de riesgo y/o de información, operadores de información crediticia y/o de seguridad social: “Autorizo de manera previa, expresa, informada e irrevocable al PATRIMONIO AUTÓNOMO FC REFERENCIA – FENALCO BOGOTÁ y a REFERENCIA S.A.S, y a REFINANCIA S.A.S. y/o a quien haga sus veces y/o cualquiera de los cesionarios de todos los anteriores, y/o con cualquier entidad que descuente, avale, garantice, como el FNG, el FGA o cualquier otro, así como las entidades que adquieran cartera o realicen cualquier operación relacionada con títulos valores otorgados por mí, para que, de manera independiente, toda la información que suministre, entregue, se genere actualmente y/o la que se genere en el futuro como consecuencia de las relaciones comerciales y/o contractuales establecidas con éstos y/o con los Establecimientos Afiliados de FENALCO, o información que exista o pueda existir en bases de datos, centrales de riesgo, central de información, operador de información crediticia, operadores de información de seguridad social, entidades del sistema de seguridad social, administradores y fondos de pensiones y cesantías nacionales o extranjeras, referente a mi comportamiento financiero, crediticio, comercial y/o de servicios, origen de fondos, origen de bienes, origen y monto de ingresos, aportes a seguridad social, sea consultada, capturada, recolectada, almacenada, procesada, operada, verificada, usada y reportada en cualquiera de las centrales de información y/o de riesgo de Colombia, operador de información o bancos de datos, para las siguientes finalidades: (i) como elemento de análisis para establecer y mantener una relación contractual o comercial, cualquiera que sea su naturaleza, (ii) para adelantar una adecuada gestión y evaluación de los riesgos crediticios derivados de una relación contractual o comercial vigente, incluyendo sin limitarse, el otorgamiento de avales, la realización de descuentos o venta de títulos valores, para lo cual la información podrá ser comparada, contrarrestada y/o complementada con la información financiera, comercial, crediticia, de servicios interna y/o proveniente de terceros países; y para la elaboración y circulación a terceros de scores crediticios, herramientas de validación de ingresos, herramientas predictivas de ingresos y herramientas para evitar el fraude, entre otros. (iii) como elemento de análisis para hacer estudios de mercado o investigaciones comerciales o estadísticas, (iv) como herramienta para el ofrecimiento de productos o servicios propios o de terceros a través de cualquier medio o canal, (v) como herramienta para el inicio de cualquier cobro prejudicial o judicial, (vi) como herramienta para la prestación de servicios de originación y/o de administración de cartera. Igualmente autorizo entregar y/o poner a disposición mi información de las autoridades administrativas, jurisdiccionales y judiciales, a los órganos de control y demás dependencias de investigación disciplinaria, penal, fiscal o administrativa cuando sea solicitada en desarrollo de una investigación, y/o a otros operadores cuando tengan una finalidad similar a la que tiene el operador que entrega los datos o cualquiera de las finalidades antes mencionadas, y a que éstos directamente o a través de terceros delegados para estos fines, realicen estudio de seguridad y verificación de origen de fondos, en caso de que se requiera.”
11.1.2 Autorización para el tratamiento de datos personales: “Autorizo de manera previa, expresa, informada e irrevocable PATRIMONIO AUTÓNOMO FC REFERENCIA – FENALCO BOGOTÁ y a REFERENCIA S.A.S, y a REFINANCIA S.A.S. y/o a quien haga sus veces y/o cualquiera de los cesionarios de todos los anteriores, y/o con cualquier entidad que descuente, avale, garantice, como el FNG, el FGA o cualquier otro, así como las entidades que compren cartera o realicen cualquier operación relacionada con títulos valores otorgados por mí, incluidas las entidades financieras, para que para que realicen la recolección, almacenamiento, uso y circulación de todos los datos personales, datos biométricos y datos financieros suministrados o aportados por mí por cualquier medio, sean incorporados en sus bases de datos con las finalidades previstas en las Políticas de Tratamiento de Datos y en el Reglamento de Producto del Cliente. Declaro que se me informó sobre el carácter facultativo de las respuestas y de la autorización relacionada con datos sensibles, así como de los derechos que como titular me asisten. Expresamente reconozco que los datos biométricos tienen el carácter de sensible y autorizo expresamente su tratamiento para fines de identificación, autenticación o validación de mi identidad. Igualmente manifiesto que se me informó, de manera previa, clara y expresa lo siguiente: (i) el Tratamiento al cual serán sometidos mis datos personales y la finalidad del mismo: (a) como elemento de análisis para establecer y mantener una relación contractual o comercial, cualquiera que sea su naturaleza, y para cumplir con los derechos y exigir las obligaciones de la relación contractual existente (Ej. extractos, notificaciones, actividades de cobranza, entre otras), adelantados directamente por los beneficiarios de la presente autorización, o para compartir mi información personal con terceros contratados para ejercer labores propias y/o complementarias (Ej. entrega de correspondencia, procesos operativos o de riesgos) (b) para adelantar una adecuada gestión y evaluación de los riesgos crediticios derivados de una relación contractual o comercial vigente, incluyendo sin limitarse, el otorgamiento de avales, la realización de descuentos o venta de títulos valores, para lo cual la información podrá ser comparada, contrarrestada y/o complementada con la información financiera, comercial, crediticia, de servicios interna y/o proveniente de terceros países; y para la elaboración y circulación a terceros de scores crediticios, herramientas de validación de ingresos, herramientas predictivas de ingresos y herramientas para evitar el fraude, entre otros. (c) como elemento de análisis para hacer estudios de mercado o investigaciones comerciales o estadísticas, (d) como herramienta para el ofrecimiento de productos o servicios propios o de terceros a través de cualquier medio o canal, (e) como herramienta para el inicio de cualquier cobro prejudicial o judicial, (f) como herramienta para la prestación de servicios de originación y/o de administración de cartera, (g) para solicitarme directamente, o a través de los Operadores de Información o las Agencias de Información Comercial, nacionales o del exterior, toda la información relacionada con el cumplimiento de mis obligaciones crediticias, y la proveniente de terceros países, incluyendo información relacionada con los aportes realizados al Sistema de Seguridad Social. También para consultarla, intercambiarla, confirmarla, reportarla, analizarla, actualizarla, conservarla y retirarla, (h) para dar cumplimiento a las normas nacionales o extranjeras, referidas a la prevención de actividades ilícitas y al intercambio o suministro de información para efectos tributarios; (i) para actualizar, conservar, procesar, recopilar y utilizar mi información personal, y/o la documentación entregada, así no se haya concretado la relación contractual, conforme a las normas vigentes; (j) para que destruya toda la documentación física aportada en el proceso de solicitud del producto o servicio de mi interés, en cualquiera de los casos que fuera aprobado negado o desistido. (ii) el carácter facultativo de la respuesta a las preguntas que sean hechas, cuando estas versen sobre datos sensibles (menores de edad, estado de salud, datos biométricos); (iii) los derechos que le asisten como Titular; (iv) el derecho que tengo de conocer, acceder, corregir, suprimir, revocar o reclamar por el alcance de esta autorización, o por cualquier supuesta infracción sobre mis datos.”
La política de tratamiento de datos del titular, sus cambios y actualizaciones, así como los cambios sustanciales que se produzcan en ésta se podrán consultar en los links https://referencia.co/politicas-de-privacidad/ y/o https://refinancia.co/politica-de-uso-de-la-informacion/ , o de los cesionarios de las obligaciones, y el Titular podrá puede hacer efectivos sus derechos, ante la Dirección de Soporte Operativo/Servicio al Cliente y/o en el correo electrónico contactenos@refinancia.co
11.2 Comunicaciones: Como consecuencia de la autorización para el tratamiento de datos personales, financieros y biométricos, el Cliente acepta como válidas las comunicaciones, contactos y notificaciones enviadas por correo físico, medios electrónicos (SMS, mensajes de voz, whatsapp, correo electrónico, etc), a las direcciones físicas, celular o correo electrónico, números de teléfonos fijos y/o celular, y/o redes sociales suministrados por el Cliente.
Dichas comunicaciones y/o notificaciones podrán ser enviadas por el PATRIMONIO AUTÓNOMO FC REFERENCIA – FENALCO BOGOTÁ y a REFERENCIA S.A.S, y a REFINANCIA S.A.S, el FNG y el BANCO CAJA SOCIAL, de manera independiente o conjunta, y podrán ser de tipo comercial, de productos, publicitaria, estadística, legal, información de ofertas comerciales, asesoría o asistencia para administrar los productos y servicios de tales entidades y/o de cualquier otra índole. El cliente autoriza que este contacto pueda ser realizado por directamente por personas o a través de llamadas automatizadas o robóticas.
El Cliente se compromete, a mantener actualizados los datos suministrados a REFINANCIA y/o a REFERENCIA, por lo menos una vez al año, así como a suministrar la información y los soportes que sean solicitados por REFINANCIA y/o a REFERENCIA; en caso de omitirse el cumplimiento de esta obligación, el Cliente acepta que será válida la comunicación enviada a la última dirección física o correo electrónico reportada por él por cualquiera de los medios dispuestos para estos efectos. Así mismo reconoce y acepta que, REFINANCIA y/o a REFERENCIA podrá igualmente requerirle cualquier información y/o documentación cuando lo estime pertinente.
El Cliente declara, reconoce y acepta que REFINANCIA, en calidad de administrador de la cartera, puede monitorear a través de grabaciones de llamadas telefónicas sostenidas con el Cliente con el objetivo de llevar un registro de la información que el Cliente proporcione, lo que garantizará que se sigan correctamente sus instrucciones. El Cliente declara, reconoce y acepta que REFINANCIA podrá conservar el contenido de dichas grabaciones por los plazos y en las condiciones previstas por la normativa vigente y/o sus políticas aplicables.
11.3 Seguro de Vida de Deudor: Para la aprobación de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, se requiere que el Cliente contrate con una compañía de seguros autorizada por la Superintendencia Financiera, una póliza de seguro de vida deudor, a favor del acreedor que contemple amparos como incapacidad total y permanente y por muerte, cuyo monto asegurado deberá ser como mínimo el valor del crédito originado; póliza que deberá ser endosada en caso de cesión de la obligación a favor del BANCO CAJA SOCIAL.
El Cliente podrá adquirir la póliza de la siguiente forma:
11.3.1 Contratación directa: Directamente, contratando una póliza de seguro que deberá ser aceptada expresamente por REFERENCIA, designando al Patrimonio Autónomo FC Referencia Fenalco como beneficiario oneroso mediante el respectivo endoso y acreditando el pago de la prima respectiva. En caso de no realizar el endoso, de hacerlo en forma inoportuna o de realizarlo sin el cumplimiento de los requisitos establecidos, el Cliente autoriza a REFERENCIA para incluirlo en la póliza colectiva vigente al momento de la inclusión, realizar el cobro de la prima con cargo al producto, sin que exista obligación de devolución de la prima por coberturas otorgadas.
11.3.2 Póliza Colectiva: Tomar la póliza colectiva de Axa Colpatria contratada por REFINANCIA, suscribiendo, física o virtualmente la declaración de asegurabilidad y asumiendo el valor de las primas. La prima de seguro debe ser cancelada directamente por el Cliente, dentro de cada cuota de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, en caso de no pago la compañía de seguro procederá a revocar la póliza. Las condiciones de la póliza colectiva podrán ser modificadas en forma periódica acorde a la licitación ordenada por ley, y para tal efecto REFINANCIA notificará en forma previa el cambio de las condiciones del seguro tomado por cuenta del deudor, así mismo el cliente acepta que el tomador o el beneficiario podrán cambiar en cualquier momento de compañía de seguros, para lo cual bastará que éste cambio sea notificado al cliente. Es entendido que ni REFINANCIA S.A.S. ni REFERENCIA S.A.S. no son Compañías de Seguros ni Corredores de Seguros.
El Cliente conoce y acepta que su responsabilidad efectuar el pago de las primas de la póliza que están incluidas dentro de cada cuota de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, puesto que el no pago genera la revocación de la misma por parte de la compañía de seguro.
En caso de presentarse algún siniestro por el acaecimiento de los hechos objeto de cobertura de la póliza (incapacidad o fallecimiento), es responsabilidad del Cliente efectuar la reclamación ante la compañía de seguros y reportar de este hecho a REFINANCIA, dentro de los plazos definidos en la póliza.
11.4 Garantía del FNG: El Cliente acepta de manera expresa y previa, al momento de la solicitud de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, la contratación de la Garantía otorgada por el Fondo Nacional de Garantías -FNG-, correspondiente al 80% o al 90% del crédito, dependiendo del perfil del cliente. En caso de aprobación, el Cliente acepta asumir el valor de la comisión de la Garantía, y autoriza expresamente que el mismo se liquide de manera anticipada sobre el monto y plazo del crédito, y se descuente, por una sola vez, del desembolso. El plazo máximo para reservar el cupo de las operaciones con estos productos de garantía es el 30 de junio de 2021 o hasta cuando se agote el cupo establecido para cada producto, es decir, lo que ocurra primero.
Esta garantía se otorga al momento de la aprobación del cliente y tendrá como beneficiario el Acreedor de la obligación, por lo que podrá ser cedida en caso de que la obligación sea vendida o adquirida por cualquier entidad.
El FNG podrá realizar la devolución proporcional del componente de riesgo de las comisiones facturadas por concepto de cualquier obligación garantizada, por meses completos no causados dentro del plazo de la obligación garantizada, en los casos en que ésta sea prepagada o cuando el acreedor de la obligación y/o su Operador, desistan de su voluntad de mantener la Garantía, de conformidad con lo establecido por el Reglamento de Garantías vigente del FNG para la devolución de comisiones. Esta devolución se realizará en la misma cuenta bancaria informada por el Cliente al momento de la solicitud, y en la que se efectuó el desembolso respectivo.
El Cliente declara conocer que en caso de incumplir la obligación a su cargo el FNG pagará a su Acreedor el porcentaje pactado de la obligación y, en consecuencia, operará a su favor la subrogación legal por activa, permitiendo al FNG recobrar el valor pagado, momento a partir del cual se generarán intereses de mora y gastos de cobranza a favor del FNG según el reglamento publicado en la página del respectivo fondo.
Teniendo en cuenta que la garantía del FNG corresponde al programa “Unidos por Colombia”, el Cliente declara conocer que:
Para estos efectos, el Cliente, al momento de la solicitud de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, emitió, de manera puntual, aceptaciones y autorizaciones dirigidas al FNG, relacionadas con:
El Cliente conoce y acepta que esta garantía hace parte de los productos del Programa Especial de Garantías Unidos por Colombia, por lo que tiene la calidad de subsidio del Gobierno Nacional, y en consecuencia, su uso para fines diferentes a los establecidos puede acarrearle sanciones.
11.5 Proceso digital: La solicitud de aprobación de la LÍNEA DE CRÉDITO EMERGE, y el otorgamiento del pagaré que lo soportan se tramitan de manera digital, el Cliente y el Operador podrán intercambiar mensajes de datos de acuerdo con lo definido en la ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012 y demás normas que los modifiquen o los complementen, en lo relacionado con acceso al canal virtual, firma digital o electrónica, y en consecuencia, cualquier transacción, instrucción, confirmación o envío de documentación realizada por el Operador y/o el Cliente mediante el uso del canal virtual, celular o electrónico, será entendido como válido, legítimo, vinculante y auténtico, y deberán seguirse los protocolos de seguridad que se recomienden en cada caso.
Las firmas electrónicas y/o digitales plasmadas en el pagaré y demás documentos digitales que soportan la operación de financiación, utilizadas para dar constancia de su suscripción, cumplen con los requisitos legales dispuestos para el efecto en la Ley 527 de 1999, el Decreto 2364 de 2012 y demás normas que las adicionen y/o modifiquen, lo cual ha sido informado previamente al cliente. Así mismo, el cliente se compromete a actuar con sumo cuidado y debida diligencia frente a los mecanismos técnicos de identificación personal o autenticación, cumpliendo los protocolos de seguridad establecidos, y en general colaborando para que estos sean seguros y confiables.
11.6 Atención de Peticiones, Quejas y Reclamos: Refinancia, en calidad de administrador de la cartera, tiene a disposición de los Clientes sus canales de contacto para que nos pueda elevar sus peticiones, quejas y reclamos, uno de ellos es a través de los servicios web de nuestra página www.refinancia.com.co. También lo puede hacer en nuestra sede principal en Bogotá Carrera 7a # 32-93 o a través del correo electrónico contactenos@refinancia.co. La solicitud debe contener sus datos personales, datos de contacto efectivos que permitan hacerle llegar la respuesta correspondiente, la descripción de los hechos y las pretensiones concretas de su queja, reclamo o sugerencia.
El texto del Reglamento puesto a disposición en el sitio Web del Operador tendrá prevalencia ante cualquier discrepancia con versiones impresas del mismo.
Los Gastos Administrativos de Cobranza que se causen como consecuencia del incumplimiento en los pagos de los Clientes, se causarán y liquidarán con base en la siguiente tabla, dependiendo de la altura de mora:
Franja | Altura de Mora | Tarifa |
Temprana | 16-30 | 4,20% |
31-60 | 8,40% | |
61-120 | 14% | |
Mediana | 121-180 | 17% |
Avanzada | 180-210 | 19% |
Castigada | Más de 211 | 30% |